Mediación Penal y penitenciaria

En los últimos años, viene cobrando importante relevancia la mediación penal como instrumento eficaz en la resolución de conflictos, llegando incluso a la mediación de la ejecución de Sentencia Penal, y especialmente a la mediación en el Centro Penitenciario entre la víctima y la persona penada, como instrumento de resolución de conflictos dentro de los Centros Penitenciarios.

Como figuras penitenciarias de especial relevancia que pueden verse afectadas positivamente por la mediación están la clasificación en tercer grado, la concesión de permisos, la obtención de la libertad provisional (acuerdo de reparación y esfuerzo por minimizar el daño causado), la exclusión del periodo de seguridad, el pronóstico favorable de reinserción social…etc.

Desde la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias se viene desarrollando una línea de actuación desde el año 2005, por la que se apuesta por la solución dialogada de conflictos, que puedan resolver los propios internos con la ayuda de un mediador. En 2011 el programa estaba implantado en 14 Centros penitenciarios con la participación de 2.276 internos, todo ello en el marco del “Servicio Permanente de Resolución Dialogada de Conflictos “. La finalidad es promover e introducir la cultura de la mediación como forma alternativa de resolución de conflictos interpersonales en el contexto penitenciario y tiene como objetivos fundamentales disminuir y transformar las dinámicas relacionales conflictivas hacia mecanismos de resolución pacífica de conflictos a través del aprendizaje de habilidades sociales de comunicación y respeto; prevenir actitudes y acciones violentas dentro del Centro Penitenciario; generar y desarrollar actitudes de comprensión, tolerancia y respeto hacia la diversidad; formar mediadores en el contexto penitenciario y difundir la mediación como método alternativo de resolución de conflictos.

Tradicionalmente, la solución de los conflictos en el ámbito penitenciario se suele llevar a cabo a través de métodos que tienen en común un componente de violencia y que cuando son detectadas la respuesta institucional habitual es la aplicación del régimen penitenciario. Este tratamiento genera consecuencias nada favorables para la resolución eficaz del conflicto ( privación o limitación de derechos, aislamiento, regresiones de grado, traslado a otro centro, limitación en la concesión de permisos de salida o al acceso al régimen abierto…). Estas soluciones institucionales neutralizan temporalmente el conflicto, pero mantienen e intensifican las causas que dieron lugar al mismo.

El mediador penitenciario tiene como función la de atender y mediar en los conflictos presentes en el contexto penitenciario, formar en técnicas de mediación y habilidades sociales de comunicación a los internos y/o funcionarios interesados, promover la cultura del respeto y evaluar las acciones desarrolladas.

En concreto en los centros penitenciarios como lo es el de Albacete, que no disponen de servicio de mediación, se hace cada día más palpable esta necesidad, dándose unas circunstancias idóneas en este momento para la puesta en marcha de un proyecto piloto de mediación penitenciaria y evaluar los resultados que se obtengan, circunstancias que nacen de la colaboración actual entre esta Asociación y en Centro Penitenciario de Albacete “ La Torrecica “, que unirán sus voluntades y esfuerzos para la puesta en marcha de dicho proyecto piloto.