Las partes en conflicto y el mediador o mediadores que la asistan.
Pueden acudir a la mediación aquellas personas que estén inmersas en un conflicto, que no tengan limitada su capacidad y deseen solucionarlo de forma amistosa.
Si bien no es necesaria la participación de abogados o asesores en la mediación, las partes pueden decidir estar acompañados por su abogado. No obstante, las condiciones de su participación deberán pactarse previamente con el mediador, que deberá asegurar el equilibrio de las partes.
Aunque la mediación, es eminentemente personal, en conflictos empresariales especialmente, podría realizarse a través de un representante.