La mediación es un método alternativo de resolución de conflictos en el que gracias a la labor del mediador, que ayuda y acompaña a las partes en el proceso, estas alcanzan a través del diálogo una solución satisfactoria para dicho conflicto.
Dicha solución se plasma en un acuerdo de mediación consensuado entre ambas partes en función de sus necesidades, el cual puede ser homologado Judicial o Notarialmente, gozando por tanto de la misma efectividad que una Resolución Judicial.
El mediador, es absolutamente imparcial, no asesora, no juzga ni tampoco arbitra el dialogo, simplemente se limita a facilitar el canal de diálogo y entendimiento para que las personas enfrentadas alcancen una solución satisfactoria con sus intereses, siendo confidencial, toda la información que se trate en las sesiones de mediación.
En cuanto a los asuntos que pueden ser sometidos a mediación la respuesta es sencilla, prácticamente todo conflicto puede someterse a este proceso, por ejemplo:
- cuestiones de familia: divorcios, separación, régimen de visitas, desavenencias por herencias, cuidados de ancianos, incapaces etc.
- Cuestiones en el ámbito laboral, conflictos entre trabajadores o de éstos con la empresa.
- Mediación vecinal, linderos, propiedad horizontal, ruidos, tenencia de animales, comunidades de propietarios.
- Relaciones con la administración, mediación en el ámbito sanitario, escolar, penitenciario.